Por Armando Saavedra

DEL 07-12-18

¡JUEZ DESTITUIRÍA A MORÓN Y A LA SÍNDICA!

En efecto, aunque usted no lo crea, el presidente municipal RAÚL MORÓN ORÓZCO y la síndica municipal LABINIA ARANDA ORTEGA, se encuentran en el alto riesgo de ser destituidos por el juez primero de distrito en el estado, UBALDO GARCÍA ARMAS, por incumplir la sentencia de un amparo y resuelto un recurso de inconformidad en materia administrativa número 14/2018, promovidos ambos, por vecinos del fraccionamiento denominado “Torreón Nuevo”, entre ellos, JOEL NICANOR CASTRO.

LA HISTORIA

Resulta que, por el dicho del dirigente del Sindicato Demócrata de Empleados Municipales de Morelia, el SIDEMM, ERNESTO SANTAMARÍA, el entonces presidente municipal WILFRIDO LÁZARO MEDINA, entregó a dicho sindicato en “comodato” por 99 años, un terreno de 400 metros cuadrados, los que integran la denominada “zona de donación” del fraccionamiento “Torreón Nuevo”, aunque interrogado al respecto, LÁZARO MEDINA dijo a este escribidor que él no entregó nada, que en todo caso, sería el cabildo de Morelia.

Que, en tales circunstancias, el sindicato destinó el terreno citado, para que en el se construyeran las oficinas sindicales, por lo que durante la administración “independiente” de ALFONSO MARTÍNEZ ALCÁZAR, lograron hacer un edificio de 4 pisos, que suponen 1600 metros cuadrados de construcción, incluyendo un auditorio.

Desde que se otorgó en comodato dicho terreno y se comenzó la construcción del edificio, vecinos del fraccionamiento “Torreón Nuevo” reclamaron al entonces edil MARTÍNEZ ALCÁZAR, el destino de la zona de donación generada por el desarrollo del su fraccionamiento, pues tal destino de acuerdo con la ley, debería ser en beneficio de la comunidad y del propio ayuntamiento, no para el sindicato como estaba siendo.

VECINOS PROMUEVEN AMPARO

No conformes con la omisión y desdén del presidente municipal independiente, los vecinos organizados, promovieron en el año de 2016, un juicio de amparo ante el juzgado primero de distrito, formándose para tal efecto, el expediente número 991/2016, juicio que en primera instancia ganaron los vecinos, empero, la autoridad municipal como autoridad responsable y el sindicato en cuanto tercero perjudicado, simularon el cumplimiento de la sentencia de amparo.
Inconformes los vecinos con la actuación de la autoridad municipal, promovieron recursos legales, entre ellos, un recurso de inconformidad por el incumplimiento de dicha ejecutoria y mediante el citado recurso de inconformidad, lograron que el Tercer Tribunal Colegiado de materias Administrativa y del Trabajo del décimo Primer Circuito, resolviera a favor de los vecinos, ordenando “revocar el auto del 3 de agosto del 2018, del juicio de amparo indirecto 992/2016, del índice del juzgado primero de distrito en el estado de Michoacán, con residencia en esta ciudad, por el que se declaró cumplido el fallo protector dictado en dicho sumario”

ORDENAN CUMPLIR LA SENTENCIA

Así las cosas, el juez UBALDO GARCÍA ARMAS, en cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal Colegiado, emitió un nuevo auto de cumplimiento de sentencia y el requerimiento respectivo a las autoridades señaladas como responsables, siendo estas: El presidente municipal como representante del ayuntamiento de Morelia, la síndica municipal, el director de patrimonio municipal y la totalidad de miembros del cabildo municipal de Morelia, para que cumplan dicha sentencia.

En ese tenor, el juzgador otorga a las autoridades señaladas, un plazo de 10 días, contados a partir del día siguiente a la notificación del requerimiento, para que se lleven a cabo los actos tendientes a fin de materializar la restitución del inmueble motivo por el cual se instruyó el juicio constitucional.

De manera pues, que el juez GARCÍA ARMAS, les señala con claridad literal el cómo deberán cumplir la sentencia referida y les dice lo siguiente:
a). – Deberán justificar que actualmente ya no se encuentra ocupado y en posesión del Sindicato Demócrata de Empleados Municipales de Morelia, y
b). – Precisen el destino el destino del inmueble constituido (sic) en el predio en cuestión, en beneficio de la comunidad a efecto de satisfacer las necesidades para las cuales se llevó a cabo la trasmisión de éste a su favor, realizando las consultas correspondientes a los condóminos, con el propósito de contar con la aprobación mayoritaria de los vecinos del Desarrollo Urbano que generó el área a donación en términos del artículo 136 de la Ley Orgánica Municipal.

En complemento a lo anterior, el juez de la causa advierte a las autoridades responsables, que, de no cumplir con lo mandatado en el término concedido, se aplicará los dispuesto por el artículo 237, Fracción I, 238 y 258 de la Ley de Amparo y los apercibe que, de no hacerlo, sin causa justificada, les impondrá una multa de 100 valores diarios de la unidad de medida y actualización.

Termina el juez UBALDO GARCÍA ARMAS diciendo en su resolución que se remitirá el expediente al Tribunal Colegiado de Circuito, para seguir el trámite de inejecución, QUE PUEDE CULMINAR CON LA SEPRACIÓN DE SU PUESTO Y CONSIGNACIÓN.

En el entendido de que se considerará incumplimiento el retraso por medio de evasivas o procedimientos ilegales de las autoridades responsables, o de cualquiera otra que intervenga en el trámite relativo.

NO HAN CUMPLIDO LA EJECUTORIA

La posibilidad de que el juez de distrito o bien el Tribunal Colegiado de Circuito determinen la destitución de las autoridades señaladas como responsables, está más cerca de lo que pudiéramos pensar, pues hasta este día 6 de diciembre del 2018, la sentencia comentada, no ha sido cumplimentada por las autoridades responsables, pues el edificio en conflicto sigue en posesión del Sindicato Demócrata de Empleados Municipales de Morelia.

Las acciones dilatorias instrumentadas por los abogados del ayuntamiento de Morelia y los del sindicato, por las causas que fueren, han impedido el cumplimiento de una sentencia judicial y las consecuencias de este incumplimiento, tiene a las autoridades municipales al bode de la destitución y consignación penal, ni más ni menos. ¿Atenderá el ayuntamiento el mandamiento judicial? Veremos…

ORDENA TEEMICH RESOLVER QUEJA DE MILITANTES CONTRA OMISIÓN DEL CEN DEL PRD

En Tribunal Electoral del estado de Michoacán, determinó que ante la omisión fundada y cometida por la Comisión Nacional Jurisdiccional del Partido de la Revolución Democrática; el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, ordenó a este órgano de justicia partidista resolver la queja de sus militantes presentada en contra de la elección interna del Comité Ejecutivo Estatal del Sol Azteca, en un plazo de 72 horas conforme a derecho proceda e informar al tribunal dentro de las 24 horas siguientes.

Durante la sesión pública vespertina de este día miércoles, la Magistrada y los Magistrados de este órgano jurisdiccional local resolvieron el juicio ciudadano 196/2018, en el cual militantes y consejeros electorales del PRD presentaron en contra de la Comisión antes mencionada, por la omisión por resolver la queja interpuesta desde el pasado 30 de agosto de este año.
El proyecto de dictamen presentado por el Magistrado SALVADOR ALEJANDRO PÉREZ CONTRERAS, cuyo expediente fue aprobado por unanimidad, declaró fundado el agravio planteado por los militantes del PRD, ANA LILIA MANZO; EDILBERTO PINEDA PINEDA; GIOVANNI DANIEL CERVANTES GARCÍA; MARTHA FABIOLA CONTRERAS NEGRETE; LUIS TOLENTINO ELIZONDO Y MAURICIO PRIETO GÓMEZ, quienes en la vulneración de su derecho fundamental de acceso a la justicia pronta y expedita, derivada de la omisión atribuida a la Comisión Nacional Jurisdiccional, se ordenó que se supere esta omisión reclamada y realice los actos o diligencias necesarias a efecto de que resuelva esta queja de los anteriores promoventes.

Como se recordará, en la elección del presidente del comité ejecutivo estatal del Partido de la Revolución Democrática en Michoacán, resultó “electo” ANTONIO SOTO SÁNCHEZ, solo que en dicha elección votaron personas que no tenían calidad para hacerlo, por no ser consejeros estatales, como en esta columna lo demostramos, con fotografías.

Sin embargo, es posible que los propios integrantes del ADN, Alternativa Democrática Nacional que en Michoacán encabeza CARLOS TORRES PIÑA, ya se den por vencidos o bien, ya hayan sido cooptados por el grupo político del gobernador SILVANO AUREOELS CONEJO y hayan determinado abandonar la lucha por la dirigencia estatal de su aún partido.
Lo anterior tiene su sustento, en las actitudes adoptadas por CARLOS TORRES PIÑA y su tribu, pues aparte de comportarse soberbios y mamucos, sus actitudes sectarias y de marginación, indican que su lucha no es en este momento, que adoptarán un perfil bajo al interior del PRD y “a la chita callando” trabajarán con su estructura, preparándose para el proceso electoral del 2021.

4 GRANDES DESAFÍOS POR RESOLVERSE EN MICHOACÁN

En puerta están 4 grandes desafíos, en los que los poderes del estado, determinarán el destino de cuatro instituciones importantes para la vida institucional del estado, a saber, el próximo sábado 8 de diciembre, termina su periodo el Auditor Superior de Michoacán JOSÉ LUIS LÓPEZ SALGADO, de manera que tendrá que haber un “encargado del despacho” o bien si se determina como ausencia definitiva del auditor superior, el congreso deberá designar a un provisional.

Lo cierto es que el nuevo presidente de la Comisión Inspectora del Congreso del estado, el priista MARCO POLO AGUIRRE, ya logró se aprobara la convocatoria para la elección del nuevo auditor superior de Michoacán, empero, dicha elección será hasta el año próximo, de manera que el congreso deberá nombrar un interino, que pudiera ser uno de los auditores especiales.

Otro de los desafíos para el congreso, será la elección del fiscal general del estado y para el efecto ya publicó la convocatoria respectiva, solo que tendrán que transcurrir 3 meses a partir de la fecha de su publicación, para que los aspirantes se puedan registrar, lo que ocurrirá el próximo año y aquí habrá que ver sí llega un “fiscal carnal” o se logra la designación de un fiscal sin ligas partidarias ni ascendencia con algún poder estatal.

Por otro lado, el día 8 de enero del 2019, la Comisión de Rectoría de la Universidad Michoacana de San Nicolas de Hidalgo, integrada por ex rectores, deberá elegir al nuevo rector de nuestra máxima casa de estudios, empero, en las últimas décadas, es el gobernador en turno quien decide quien es el nuevo rector, sin embargo, en esta ocasión, hay circunstancias especiales.
Una de esas circunstancias especiales es la falta de recursos financieros para cubrir la necesidad del gasto universitario, de manera que, en esta ocasión, quien tenga la posibilidad de aportar 1500 millones de pesos anuales para el presupuesto universitario, será el que ponga al rector y en esa tesitura, solo los morenos por medio del gobierno federal pueden logra esa aportación, de lo contrario, será el gobernador quien lo designe.
Finalmente, el tercer jueves del mes de febrero, el pleno de los magistrados del Poder Judicial del estado de Michoacán, deberán de elegir al nuevo presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado y al respecto, el horno no está para bollos, pues los adversarios del grupo en el poder, están recurriendo a la denuncia y al desacreditamiento de dicho grupo, denunciando actos de corrupción y malos manejos al interior de ese poder.